Casación sin Forma ni Fondo

lunes, diciembre 01, 2008

A lo principal: ni idea
Al Primer otrosí, tampoco
Al Segundo otrosí, tal vez
Al Tercer otrosí, quizás
Al Cuarto otrosí, ha lugar a lo solicitado
Al Quinto otro no del primer otrosí sí porque sí…
Y vistos, además lo dispuesto en los artículos de cualquier código se declara inadmisible el presente recurso en contra de la sentencia que corre lento y a fojas.
Regístrese y devuélvase.

Proveyó yo, tú y él...


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